miércoles, 20 de mayo de 2026.

Juicio por violación de DD.HH de adultos mayores continúa aunque mueran: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, estableció que los adultos mayores son un grupo vulnerable que merece especial protección por parte de los órganos del Estado, la cual incluye a los judiciales, y no puede agotarse por circunstancias temporales, como el fallecimiento de la persona, ya que esto llevaría a entender que el incumplimiento de las obligaciones por parte de los sujetos obligados puede quedar impune frente a la muerte de la persona cuyos derechos fueron transgredido.

Lo anterior, luego de que un adulto mayor quiso revocar la donación de su casa a su hija por ingratitud, pero este murió durante el juicio. Por ello, debe considerarse que las obligaciones estatales de protección y defensa de los adultos mayores son permanentes, más aún cuando su edad avanzada los coloca en una situación de dependencia familiar, discriminación e, incluso, abandono.

De acuerdo al artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece, por lo que en esas condiciones, procede el estudio de la posible transgresión a los derechos humanos de un adulto mayor que falleció durante el procedimiento de una acción de revocación de una donación por ingratitud.

Por: Luisa Martínez 

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