miércoles, 20 de mayo de 2026.

SCJN declara inconstitucional la penalización del aborto en Coahuila

Por redacción.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto en el estado de Coahuila.

Durante una sesión histórica y por unanimidad, los ministros del alto tribunal, declararon invalidar el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que sanciona con entre uno y tres años de cárcel la interrupción del embarazo.

La ministra Margarita Ríos-Farjat describió como una actuación violenta contra la mujer la criminalización del aborto, toda vez que se atenta contra sus derechos a la dignidad humana, autonomía, salud, libertad reproductiva, entre otros.

Ríos-Farjat también se pronunció contra estigmatizar a las mujeres o personas con capacidad de gestar que abortan, por ser una decisión sumamente difícil a nivel personal, en tanto que advirtió que los abortos existen, sean o no legales.

Nadie se embaraza, en ejercicio de su autonomía, para después abortar”, opinó.

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Por otra parte, la Corte extendió su decisión al artículo 198, en una porción que impedía que la mujer fuera asistida por personal sanitario en un aborto voluntario.

Asimismo, extendió la invalidez a porciones del artículo 199 que criminalizaban el aborto y limitaban a 12 semanas la posibilidad de abortar en caso de violación, inseminación o implantación artificial.

Por último, la SCJN, invalidó el artículo 224, fracción II, del Código Penal local, al establecer una pena menor para el delito de violación entre cónyuges, concubinos(as) y parejas civiles, que la pena para la violación en general, por ser discriminatoria, especialmente contra las mujeres.

Al finalizar la sesión, el Ministro Presidente destacó que se trata de una decisión histórica en la lucha por los derechos y libertades de las mujeres, particularmente de las más vulnerables. Con este criterio unánime, la Suprema Corte confirma una vez más que su único compromiso es con la Constitución y con los derechos humanos que ésta protege.

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