Por: Redacción
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), validó la facultad del Fiscal General del Estado de Morelos, para designar al Fiscal Anticorrupción, contenida en el artículo 32, párrafo primero, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de esa entidad, publicado mediante Decreto 3248, el 11 de julio de 2018.
En sesión por medio de videoconferencia, Pleno del Alto Tribunal, resolvió sustancialmente que del numeral antes referido no se advierte alguna distinción entre sujetos a partir del cual pudiera realizarse un análisis de igualdad, pues en el ejercicio de la libertad configurativa que tienen los Estados, sólo se fijaron los términos para designar al Fiscal Anticorrupción, sin que con ello se advierta alguna contravención a la Constitución General.
