martes, 1 de julio de 2025.

SCJN declaró constitucional el decreto 85 de la Constitución local del Estado de Baja California

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es constitucional el Decreto número 85, publicado el 24 de julio de 2020, mediante el cual se reformaron diversas disposiciones de la Constitución local del Estado de Baja California y de la Ley Electoral de dicha entidad. El Pleno estudió y validó particularmente los artículos 15, fracción II, de la Constitución local, y el artículo 27 BIS de la Ley Electoral de la entidad. 

En primer lugar, la Suprema Corte determinó que fue válido el proceso legislativo que dio origen al Decreto número 85. En segundo lugar, el Pleno declaró la validez del artículo 27 BIS de la Ley Electoral de Baja California porque no vulnera la seguridad jurídica. El Pleno determinó que no existe una antinomia entre el mecanismo de paridad de género que prevé dicha norma para asignar escaños por  representación proporcional, y las reglas contenidas en el artículo 27 de la misma  Ley, que establecen que las diputaciones corresponderán, en orden descendente,   a los candidatos de mayoría relativa con mayor porcentaje de votación.  

En tercer lugar, la Suprema Corte validó una porción normativa del artículo 15, fracción II, de la Constitución local: “En el caso de coaliciones, la primera asignación a cada partido político deberá determinarse, además, con base en el convenio de coalición registrado”. Las ministras y ministros del Pleno consideraron que esta disposición no regula la materia de coaliciones –lo cual es competencia exclusiva del Congreso de la Unión–, sino que establece una regla instrumental para la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional.

Finalmente, el Pleno determinó que, al eliminar la lista de diputados para la elección por representación proporcional, y prever que a partir de ahora la asignación de diputaciones por este sistema se hará mediante las candidaturas de mayoría relativa, el Congreso de Baja California actuó en ejercicio de su libertad configurativa  para implementar la representación proporcional en el Estado.

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