viernes, 22 de noviembre de 2024.

Publica DOF Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este lunes cuatro decretos, que comprenden tres reformas legales y la expedición de la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral.

Un decreto añade una fracción XXIX Bis al artículo 3 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano. Otro, reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

Uno más modifica el primer párrafo del artículo 120 y adiciona una fracción VI Bis al artículo 88 Bis de la Ley de Aguas Nacionales.

 Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral

Este nuevo ordenamiento legal surgió de la reforma laboral publicada el pasado 1 de mayo en el DOF.

La ley se conforma de 25 artículos divididos en cinco títulos: I. Disposiciones generales, II. De las atribuciones del Centro, III. De la administración, organización y funcionamiento del Centro, IV. De la vigilancia, control y evaluación del Centro, V. Del patrimonio del Centro. Además, cuatro artículos transitorios.

El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral reducirá el procedimiento de conciliación entre trabajadores y patrones, respecto de asuntos individuales y colectivos del orden federal.

Registrará a nivel nacional todos los contratos colectivos de trabajo, contratos-ley, reglamentos interiores de trabajo, las organizaciones sindicales y los procesos administrativos correspondientes.

 Modificación a la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano

Se adiciona una fracción XXIX Bis al artículo tercero de esta ley, para añadir el término “Riesgo” como: daños o pérdidas probables sobre un agente afectable, resultado de la interacción entre la vulnerabilidad de un agente perturbador.

 Reforma a Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

Las modificaciones a este ordenamiento legal incorporan el Premio Nacional de Deportes y estipulan los requisitos que los candidatos deben cubrir para obtener esta presea, asimismo, se determina el proceso de elección y entrega del premio.

Se determina que las candidaturas se propondrán al Consejo de Premiación del 1 de septiembre al 15 de octubre de cada año. Se integrarán expedientes dentro de los 10 días siguientes y los pondrá a consideración del Jurado, que entregará su veredicto a más tardar el 10 de noviembre.

Los premios se entregarán el 20 de noviembre de cada año en el marco de los festejos conmemorativos del aniversario de la Revolución Mexicana.

Ley de Aguas Nacionales

La reforma a los artículos 88 Bis y 120 de esta ley, incrementa las multas a cubrir cuando se haga mal uso del agua, del mismo modo se fortalece la prevención de contaminación del recurso.

Los montos aumentan en los casos de descargas de aguas residuales sin el tratamiento que establece la normatividad aplicable; explotar, usar o aprovechar aguas nacionales sin el título respectivo; impedir u obstaculizar las visitas, inspecciones, reconocimientos, verificaciones y fiscalizaciones que realice la autoridad encargada del agua.

También se aplican si se ocasionan daños ambientales que generen desequilibrios en materia de recursos hídricos. De igual forma, se puntualiza que se deben adoptar procesos de utilización de materiales biodegradables, siempre y cuando técnicamente sean viables atendiendo a las disposiciones reglamentarias en la materia.

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