El Juzgado IV de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, con sede en Toluca, dictó auto de formal prisión a un excolaborador de Guillermo Padrés Elías cuando era gobernador de Sonora por la comisión de delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, aunque podrá llevar su proceso en libertad.
Asimismo el juzgado informó que en la causa penal 25/2016 dictó auto de libertad con efectos de sobreseimiento ante la acreditación de una causa de atipicidad a Mario Ramón Olivarria Mendoza por el delito de delincuencia organizada.
De acuerdo con los antecedentes del caso, el Agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo de la Procuraduría General de la República (PGR) solicitó orden de aprehensión contra Olivarria Mendoza.
Lo anterior por los delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita, misma que fue cumplimentada y se le dictó auto de formal prisión por su probable responsabilidad en la comisión de los ilícitos señalados.
Inconforme con dicha determinación, el inculpado interpuso un recurso de apelación, que conoció el Segundo Tribunal Unitario del Segundo Circuito con sede en Toluca, Estado de México, quien ordenó recabar de nueva cuenta su declaración preparatoria y resolver su situación jurídica.
En el juicio el Agente del Ministerio Público consignó por la existencia de una congregación de más de tres personas que se encontraban operando por lo menos desde el 13 de septiembre de 2009.
El inculpado se adhirió a la organización como socio propietario de una empresa, la cual recibió del gobierno del estado de Sonora, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de dicha entidad federativa, un depósito por la cantidad de 37 millones 691 mil 28 pesos.
Empero, contrario a lo que sostiene la Fiscalía, de los medios de prueba no se advierte la existen de una organización de hecho para cometer delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita (delincuencia organizada).
Por este motivo, el juzgado dictó el auto de libertad con efectos de sobreseimiento ante la acreditación de una causa de atipicidad, pero respecto del delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita estableció que se encuentran acreditados a título de probable.
De esta manera se continuará con el desahogo del proceso penal en la primera instancia por los delitos por los que se dictó formal procesamiento.
Sin embargo, el procesado está en aptitud de solicitar la sustitución de la prisión preventiva (reclusión) por una diversa medida cautelar, con la finalidad de llevar su proceso en libertad, lo que aconteció este viernes.
Cabe señalar que, contra esta resolución, procede el recurso de apelación o de estimarlo el juicio de amparo.