lunes, 30 de junio de 2025.

Errores en la desaparición de órganos autónomos

De Frente Y Claro

Carlos Aguila Franco

ERRORES EN LA DESAPARICIÓN DE ORGANOS AUTÓNOMOS

En la ciencia como como en el derecho, la verdad no es cuestión de mayorías

De manera por demás preocupante, se han detectado errores graves en la desaparición de órganos autónomos, como el hecho de desaparecerlos constitucionalmente, pero no así sus funciones que llevaban a cabo.

Esta grave realidad la dio a conocer El Universal el 20 de enero del 2025, donde señala que desaparecieron a los órganos autónomos, pero los dejaron vigentes en 70 leyes y Códigos.

Loa anterior nos muestra y demuestra que, por las prisas de acatar las órdenes de López respecto a acabar con estos órganos autónomos, se legislo sin poner atención a la técnica legislativa, por lo cual están en un grave riesgo de caer en un vacío legal, acorde a lo que señalan expertos en el tema.

Importante recordar que al aprobarse la reforma en materia de simplificación orgánica, y desaparecer los organismos autónomos, en base a un análisis realizado por el diario El Universal, se detectó que el Congreso de la Unión olvidó modificar decenas de leyes, reglamentos, así como códigos nacionales, penales y civiles en los que todavía hay obligaciones legales para el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la Comisión Reguladora de Energía (CRE), la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), y la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación (Mejoredu).

Sobre todo, que, en dicha reforma, establecieron los legisladores que el Decreto entraría en vigor el 20 de diciembre del 2024, donde los autónomos ya no existirían constitucionalmente, pero resulta que, en las leyes, sus funciones no se extinguieron.

Teniendo como consecuencia que, a pesar de que en los artículos transitorios se establece que dichos organismos siguen en funciones, en tanto no se avalen las leyes secundarias, los derechos de millones de ciudadanos, trabajadores del sector público y privado, patrones, así como empresarios, están en vilo, dado que no se sabe ante qué nuevos órganos deberán ampararse.

Como ejemplos, esto se debe a que las leyes siguen ordenando, que el acceso a la información de datos sensibles como lo es un expediente clínico, se debe solicitar al Inai; de igual manera, la solicitud de un título o prórroga de concesiones en materia de telecomunicaciones o radiodifusión, se debe hacer ante el IFT; y que las prácticas monopólicas en la venta de bienes y servicio se denunciarán ante la Cofece y solo será esta, quien podrá investigar y sancionar.

De igual manera, los programas de apoyos para brindar energía eléctrica a precios asequibles en zonas rurales y zonas urbanas marginadas, deberán  pasar por la opinión técnica de la CRE; que la CNH apoyará técnicamente para aprobar asignaciones en materia de exploración y explotación petrolera, y que los recursos para la infraestructura social que el gobierno federal le otorga a las entidades se designará conforme al promedio nacional de las carencias de la población en pobreza extrema que determine en Coneval, entre otras cosas.

Es por ello que el Congreso deberá modificar por lo menos 300 artículos de mandatos como la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y Responsabilidades Administrativas; la Ley General de Archivos; la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; la Ley Federal de Competencia Económica; el Código Penal Federal; el Código Fiscal de la Federación; el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares; la Ley de Aviación Civil; la Ley de Hidrocarburos; la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, y la Ley de Instituciones de crédito, entre otras.

Resultando que cuando menos son 70 leyes, dos reglamentos, y siete códigos que en su análisis detectó El Universal, en los que esos organismos autónomos recién desaparecidos, continúan teniendo responsabilidades.

Ante esta situación grave, Francisco Burgoa, constitucionalista de la UNAM, recordó que el plazo para aprobar las leyes secundarias de la Cofece y el IFT es de 180 días, mientras que para el resto de los órganos autónomos es de 90 días. Consideró que por lo anterior. Aún no se entra a un tema de inseguridad jurídica, advirtiendo que existe el riesgo de que haya desacato, lo que desembocaría en una crisis constitucional, en una crisis de falta de mecanismos de protección de derechos humanos porque al desaparecer todos estos órganos constitucionales autónomos sin que exista la claridad de cuáles van a ser los nuevos mecanismos alternativos que en su caso van a sustituir al Inai, entonces se requiere totalmente un marco jurídico para que quede perfectamente claro cómo se van a proteger todos los derechos humanos.

Como en el caso de la Cofece en que no existe la claridad de quién va finalmente a hacer las veces de Cofece, que es el organismo antimonopolio, el hecho de que no se tenga totalmente claro cuál va a ser el nuevo marco jurídico, pondrá en total riesgo la libre competencia y los derechos de los consumidores y también de los empresarios. Consideran que, pese a que se venzan los plazos, el artículo quinto transitorio podría evitar esta incertidumbre jurídica, porque ahí dice que hasta que no entren en vigor todas estas legislaciones secundarias, se debe de entender que los órganos constitucionales autónomos seguirán vigentes.

Por su parte, el politólogo Sebastián Godínez, señaló que la reforma en materia de simplificación orgánica fue aprobada sin técnica legislativa, advirtiendo que los riesgos de que haya un vacío legal en tanto no se avalen las leyes secundarias, son consecuencia de aprobar las cosas al vapor y sin un diagnóstico técnico-analítico desde la academia, desde el derecho, desde las ciencias sociales para hacer esta simplificación administrativa. Ya que debe de haber una homologación de reglas, de reglamentos, y eso es algo que lleva mucho tiempo. No es así como lo está haciendo el Congreso, y esto pone en riesgo y pone en vilo a millones de personas, desde trabajadores, ciudadanos, el sector empresarial, pero también hay incertidumbre en el comercio internacional que no saben el devenir y cómo va a quedar la ley dentro de este aspecto del manejo del comercio, la competencia y la competitividad.

De igual manera, otra obligación plasmada en la ley,es la que se observa en el artículo 27 de la Ley General de Partidos Políticos, donde se establece que cualquier ciudadano tiene derecho de acceder a la información de los partidos políticos, pero si el partido se niega a entregarla, se deberá acudir ante el Inai.

Por otra parte, el artículo 23 de la Ley General de Educación ordena a la extinta Mejoredu coadyuvar en la creación de los planes y programas de estudio de educación preescolar, primaria, secundaria, y educación normal, creadas por la Secretaría de Educación Pública (SEP). Asimismo, el artículo 74 de la misma norma, señala que la SEP promoverá la cultura de la paz y no violencia, y para ello, Mejoredu debe realizar estudios, investigaciones, informes y diagnósticos “que permitan conocer las causas y la incidencia del fenómeno de violencia o maltrato entre escolares en cualquier tipo, ya sea psicológica, física o cibernética, así como su impacto en el entorno escolar en la deserción de los centros educativos, en el desempeño académico de los educandos, en sus vínculos familiares y comunitarios y el desarrollo integral de todas sus potencialidades, así como las medidas para atender dicha problemática”.

Sumándose a las anteriores, otras leyes que deberán modificarse son la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, la Ley General de Mejora Regulatoria, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, la Ley Federal de Derechos, la Ley de Amparo, la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la Ley de Aeropuertos, y la Ley de Asociaciones Público Privadas.

Al igual que la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la Ley de la Comisión Federal de Electricidad, la Ley Aduanera, la Ley de Infraestructura de la Calidad, la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, y la Ley de Coordinación Fiscal, entre otras.

Grave y preocupante el tema que, como lo señalaron los expertos se debió en gran parte al llevar a cabo estas desapariciones de órganos autónomos, sin un diagnóstico técnico-analítico desde la academia, desde el derecho, desde las ciencias sociales para hacer esta simplificación administrativa. Y todo ello por hacerle caso a su patrón, estos legisladores mostraron su inexperiencia y el ser lacayos, sin importarles afectar a millones de ciudadanos.

3

Dejar un comentario